Si estás leyendo esto es porque seguro que tu bebé o ya ha nacido, o está en camino. Este precioso momento en vuestras vidas viene acompañado también, cómo no, de un buen puñado de trámites administrativos relacionados con el nacimiento del bebé y con las ayudas existentes y creadas específicamente para estos momentos.
O sea, que incluso en una ocasión tan única como esta toca hacer papeleo… Pues sí. Si quieres, nosotros te ayudamos: nos encargamos de todos los trámites necesarios para que te centres en lo que de verdad importa, que es recuperaros, apoyaros y disfrutar. Y aquí te presentamos de forma resumida cuáles son todos esos trámites.
Antes de salir del hospital…
Hay algunos trámites que se hacen por lo general en las primeras 72 horas de vida del bebé, y con frecuencia dentro del propio centro hospitalario. Según explican muy bien en la Asociación Española de Pediatría, estos trámites son:
- Inscripción del nacimiento en el Registro Civil. Esto suele hacerse en el propio hospital mediante un formulario que el centro envía al Registro (necesitarás tu DNI y libro de familia, si lo tienes).
- Certificado de nacimiento. Si has hecho la inscripción en el hospital, te lo enviarán (por correo postal o electrónico); si has acudido a una oficina del Registro puedes pedirlo en ese momento.
- Empadronamiento. Por lo general desde el Registro se encargan de comunicar al Ayuntamiento el nacimiento de un nuevo vecino.
En todos los casos, al salir del hospital debes llevarte contigo:
- Certificado de alumbramiento
- Informe de alta de la madre y del bebé
- Cartilla de salud infantil
Los trámites que más te interesan
Pero aquí no acaba la cosa, ni mucho menos… ¡Estamos empezando! Ahora toca dar unos cuantos pasos administrativos más, que pueden variar en función de tus circunstancias, pero que te permitirán que tu bebé esté más protegido y tú estés en mejores condiciones para cuidar de él.
Alta en la Seguridad Social
Imprescindible para que tu hijo tenga derecho a asistencia sanitaria pública y gratuita. Mediante este trámite (que se hace telemáticamente o en algún CAISS) se incluirá al bebé en la cartilla de uno de los progenitores, y es el paso previo para la obtención de su propia tarjeta sanitaria.
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Prestación de maternidad/paternidad
Sabes que cualquier trabajador o trabajadora por cuenta ajena o propia tiene derecho a un permiso (una baja laboral) de seis semanas continuas y completas tras el parto, y otras diez semanas a disfrutar a lo largo de los doce meses posteriores al parto; pues ese permiso se acompaña de esta prestación que paga la SS sobre el 100 % de tu base de cotización.
Extensión de la prestación de maternidad/paternidad
En determinadas circunstancias, la prestación de la que te hablamos puede ampliarse una o varias semanas; las condiciones económicas son las mismas. Como ocurre con la prestación, la documentación requerida y las condiciones de solicitud y presentación pueden variar en función de nuestra situación profesional y personal.
Ayuda a la crianza (cheque bebé)
Se suele denominar así, pero no es aquel cheque bebé de 2007-2010; es más bien una deducción de 100 € mensuales en su impuesto sobre la renta (el IRPF) al que tienen derecho todas las madres trabajadoras mientras su hijo tiene entre 0 y 3 años. De nuevo, las condiciones laborales de cada madre definen los detalles de la solicitud.
Prestación única por parto/adopción múltiple
En estos casos en los que el amor, pero también el trabajo, se dobla (¡o se multiplica!), la Administración dispone de una prestación única que depende del salario mínimo interprofesional y del número de hijos; también en este caso las condiciones pueden variar bastante.
Subsidio por parto múltiple
De la misma manera, existe un subsidio de seis semanas sobre el 100 % de la base de cotización de uno de los dos progenitores (a elegir); este subsidio, que sustituye la prestación por maternidad/paternidad “normal”, depende del número de nacimientos o adopciones simultáneos que tengas para celebrar en casa.
Deducción para familias numerosas
Aparte del clásico título de familia numerosa (pero en relación directa con él), esta ayuda económica pone a tu disposición 100 € mensuales durante doce meses (se dobla en el caso de las familias numerosas de categoría especial), que puedes recibir en un ingreso único o de forma prorrateada.
Pero el dinero no lo es todo…
Ayuda mucho, sí, pero es probable que también te plantees buscar algo de ayuda desde el primer momento; si esa ayuda es de profesionales y expertos, ¡mejor que mejor!
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