Gestión online de
trámites de nacimiento

Al fin ha llegado el día, tu bebé ha nacido, ¡enhorabuena! Ahora toca tramitar su documentación, vuestras prestaciones, empadronar al nuevo miembro de la familia… ¿no sabes por dónde empezar? ¿no tienes tiempo? ¡Lo hacemos por ti!

¿Qué puedes solicitar? ¿A qué hace referencia cada ayuda?

Nuestros packs

Pack trámites de nacimiento bebé

PVP 55 €

Necesitaremos que nos facilitéis:

– Vuestros DNIs.
– Certificado de empresa para prestación de maternidad/paternidad.
– El Registro civil del bebé ya tramitado.

En caso de hacer la baja de paternidad fraccionada, o de tener que tramitar una ampliación por ingreso de bebé, etc, se cobrarán 20 euros por cada trámite a realizar.

Pack trámites de nacimiento gemelos

PVP 75 €

Necesitaremos que nos facilitéis:

– Vuestros DNIs.
– Certificado de empresa para prestación de maternidad/paternidad.
– El Registro civil del bebé ya tramitado.
– Certificado de convivencia (incluyendo a los recién nacidos).

En caso de hacer la baja de paternidad fraccionada, o de tener que tramitar una ampliación por ingreso de bebé, etc, se cobrarán 20 euros por cada trámite a realizar.

Ayuda a la crianza (cheque bebé)

PVP 40 €

Es una ayuda que da el Estado a todas las madres, que consiste en 100 euros al mes durante los 3 primeros años de vida del bebé.

Cheque Regalo

PVP 55 €

¿Quieres hacer un regalo a los nuevos padres? ¡No hay otro mejor!

Todos nuestros trámites

Prestación de maternidad

Es una prestación económica que se otorga a las trabajadoras por cuenta propia o ajena, así como a las empleadas de hogar, que han tenido un hijo o han adoptado o acogido a un menor de seis años.

La seguridad social te pagará sobre el 100% de la base de cotización de tu contrato durante todo el periodo de la baja.

A esta prestación le acompaña el permiso de maternidad. Las primeras 6 semanas después del parto o adopción son obligatorias y deben disfrutarse de manera ininterrumpida, así como a jornada completa.

Las siguientes 10 semanas se pueden disfrutar en períodos semanales y organizar de manera ininterrumpida o interrumpida. Siempre y cuando se encuentren dentro de 12 meses posteriores al parto, resolución judicial o decisión administrativa.

Si se solicita de manera interrumpida, cobraremos 20 euros de recargo por cada periodo.

Prestación de paternidad

Se trata del permiso que se concede a los trabajadores (no gestantes) por el nacimiento, adopción o acogimiento de un menor

La seguridad social te pagará sobre el 100% de la base de cotización de tu contrato durante todo el periodo de la baja.

A esta prestación le acompaña el permiso de paternidad. Las primeras 6 semanas después del parto o adopción son obligatorias y deben disfrutarse de manera ininterrumpida, así como a jornada completa.

Las siguientes 10 semanas se pueden disfrutar en períodos semanales y organizar de manera ininterrumpida o interrumpida. Siempre y cuando se encuentren dentro de 12 meses posteriores al parto, resolución judicial o decisión administrativa. Esto es, las 10 semanas restantes son de carácter voluntario. Si el trabajador desea volver a su labor, está en su derecho. La baja por paternidad es un derecho intransferible, por lo que el trabajador podrá renunciar a esas 10 semanas, pero nunca transferirlas a su pareja.

Si se solicita de manera interrumpida, cobraremos 20 euros de recargo por cada periodo.

Período extra de paternidad / maternidad

Las bajas se pueden ampliar hasta 1 semana por hijo en caso de parto, adopción o acogida múltiple o discapacidad (si sois los progenitores de mellizos, os corresponde una semana más -17-; si tenéis trillizos, sería una semana más -18-, y así con cada hijo “adicional)”. Asimismo, puede sumar hasta un máximo de 13 semanas en los supuestos de hospitalización por cuidado de un hijo o parto prematuro.

Tanto en estas ampliaciones como si se solicitan los permisos de manera interrumpida, cobraremos 20 euros de recargo por cada periodo.

Alta en la Seguridad Social

El alta en la seguridad social es imprescindible no pasarlo por alto. Consiste en incluir a tu bebé como beneficiario de la tarjeta sanitaria de su madre o padre para que pueda tener el derecho de asistencia sanitaria pública cubierto.

Tanto si se trata del nacimiento de un hijo biológico, como en el caso de una adopción o acogida, es importante dar de alta al niño en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) lo antes posible. De este modo podrás incluir a tu hijo como beneficiario de la asistencia sanitaria pública y se le asignará un pediatra.

Cheque bebé

Cualquier familia con hijos entre 0 y 3 años a su cargo, independientemente de si la madre trabaja o no, podrá beneficiarse del cheque bebé. Eso sí, deberá haber cotizado durante al menos 30 días, también en caso de haber recibido una prestación por desempleo, ya sea contributiva o asistencial.
Esta ayuda de 100 euros mensuales se podrá percibir ininterrumpidamente hasta que el menor supere los tres años de edad. Siempre y cuando se sigan cumpliendo con el resto de requisitos fiscales.

Prestación de pago único por parto o adopción múltiple

Se trata de una prestación de pago único que tiene por objeto compensar, en parte, el aumento de gastos que produce en las familias el nacimiento o la adopción de dos o más hijos por parto o adopción múltiples: 4.320 euros (gemelos/mellizos), 8.640 euros (trillizos), 12.960 (4 o más hijos).

Subsidio especial por parto múltiple

Uno de los dos progenitores (deben elegir cuál de los dos va a cobrarlo) tiene derecho a un subsidio equivalente a 6 semanas de su base de cotización. Se recibe en un pago único y se tramita junto con la prestación por nacimiento y cuidado de menor del miembro de la pareja que lo solicita.

Deducción para familias numerosas

Es una ayuda de 100 euros al mes para familias con título de familia numerosa en vigor. De esta deducción puedes elegir un ingreso único de 1.200€, o un anticipo de 100€ mensuales durante 12 meses. Estos importes pueden aumentar al doble en el caso de ser familia numerosa de categoría especial.